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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR 9-026 LAS HERAS

LA MODERNIDAD:RELACIÓN ENTRE LA CONSTRUCCIÓN CIUDADANA Y LA EDUCACIÓN

LA MODERNIDAD:RELACIÓN ENTRE LA CONSTRUCCIÓN CIUDADANA Y LA EDUCACIÓN

AUTORA: FLAVIA MANONI

 

INTRODUCCIÓN

 

Tras una lectura del material, es que se pone de manifiesto que en cada teoría en forma implícita o explicita, hay una determinada concepción de hombre y esto orienta también  la planificación y ejecución de políticas sociales. Con esta afirmación se intentará preguntar y encontrar ciertas respuestas a algunos de los desafíos sociales y políticos de nuestro tiempo, tal como la construcción ciudadana y la ética.

 

Para este análisis se adopta la perspectiva de la Construcción de Ciudadanía que como tal se presenta como un punto crucial de estricto carácter ético –político, ya que constituye una meta hacia la cual las sociedades deben dirigir sus aspiraciones.

 

La mayor o menor cercanía a ese fin se dirime entre la titularidad de los de derechos sociales y la provisión de los mismos.

UNA BREVE APROXIMACIÓN TEÓRICA:

Entendemos que el tema adquiere una importancia central en estos momentos para nuestro país, en el que miles de sujetos excluidos o deficientemente incluidos, han decidido hacerse socialmente visibles, y apelan a distintas estrategias, tales como cortes de rutas, piquetes, marchas, carpas y otras modalidades tradicionales o inéditas de protesta social. Si están demandando inclusión y pertenencia, sin duda están demandando ciudadanía. Pero ¿Qué tipo ciudadanía?

En este sentido nos preguntamos: ¿Cuáles son los valores sustentados y significados a través de contenidos concretos por la población, en relación a sus derechos?, ¿Se han producido modificaciones en cuanto a jerarquía de valores de ciudadanía, contenidos de significación y participación ciudadana?, ¿Cuáles son los diseños institucionales que posibilitan la canalización y articulación de las demandas de los ciudadanos? ¿Cuál es la percepción del régimen democrático y del sistema político que hoy subyace en la mayoría de la población?¿un gran numero de políticas sociales focalizadas, presentan en su diseño, planteos de ciudadanía, pero ¿Qué a que tipo de ciudadanía hacen referencia? ...

Acá radica nuestro problema esencial, si los procesos de modernización fomentaron ideas de igualdad y libertad en las que se basa la democracia …¿Cómo plantear la validez de una sociedad de “iguales” en las condiciones de exclusión y diferenciación social que dejan fuera de la ciudadanía a enormes masas de la población?.

Comenzaremos rescatando lo expuesto por la Dra. Arpini respecto del humanismo, “éste se esfuerza por responder ciertas preguntas: ¿cómo son los hombres?, ¿cómo deben ser en cuanto a su dignidad?, ¿cuál es el modo de convivencia social u organización política que privilegia el ejercicio de la autonomía? Es, por tanto, a la vez una antropología, una moral y una política. Desde el punto de vista político hay que señalar la afinidad entre pensamiento humanista y democracia.

 

Afinidad que no significa plena coincidencia o implicación mutua, pues otras concepciones ideológicas prosperan también en la democracia, así como formas no democráticas de organización se arrogan la defensa de la humanidad. Además, el humanismo político es pasivo y mínimo en relación con el humanismo activo que, desde el punto de vista moral, aspira a la realización de valores positivos basados en la finalidad del tú; es decir, en la aceptación de cada ser humano como fin de nuestras acciones. Desde el punto de vista antropológico, el humanismo subraya tres caracteres principales: la pertenencia de todos los hombres a una y la misma especie, la sociabilidad y la libertad”. (Arpini)

 

Muchas interrogaciones…pocas respuestas…

 

Durante los últimos treinta años, los estudios culturales se constituyeron en importantes corrientes teóricas que criticaron fuertemente la occidentalización, estas coinciden con el carácter dualista y excluyente que asumen las relaciones modernas de poder. La modernidad es una gran generadora de alteridades que en nombre de la razón y el humanismo, homogeniza, arrasa con la multiplicidad, la ambigüedad.

 

El enunciado fin de la modernidad, implica que se encuentra en “crisis” el dispositivo de poder, en el marco del sistema mundo capitalista, que sin embargo ha tomado otras formas en los tiempos de globalización, sin que ello implique la desaparición de ese mismo sistema. Lejos de que esta crisis esté contribuyendo a destruir este sistema, creemos que está contribuyendo a consolidarlo. La modernidad que construía al “otro” mediante una lógica binaria que reprimía las diferencias ha entrado en crisis. Acá cabe destacar el aporte de Habbermas es lo que denominó “el proyecto de la modernidad”, buscando la génesis de dos fenómenos sociales: la formación de los estados nacionales y la consolidación del colonialismo. “En efecto, el siglo XX, ha sido testigo de una aguda crisis de normatividad que cuenta entre sus principales causas el debilitamiento de la razón como fundamento único, último y normativo. En los años 60, desde la perspectiva del estructuralismo, por un lado y de la fenomenología por otro, se hicieron intentos de buscar otra fundamentación, ya sea recurriendo a una idea de estructura carente de centro y finalidad o bien apelando a una subjetividad no sustancial, en continuo devenir”.  (Arpini).

 

Se resalta  el papel del conocimiento técnico-científico en la consolidación de estos fenómenos. La necesidad láctica que dará origen a las ciencias sociales es la necesidad de “ajustar” la vida de los hombres al aparato de producción. Todas las políticas e instituciones estatales como la escuela, las constituciones, el derecho, los hospitales, los neuropsiquiátricos, las carceles etc) vendrán definidas por el imperativo jurídico de la “modernización” es decir por la necesidad de “disciplinar” las pasiones serán orientadas hacia el beneficio de la colectividad a través del trabajo. De lo que se trataba era de ligar a todos los ciudadanos al proceso de producción mediante una serie de normas que venían definidas y legitimadas por el conocimiento. La formación del ciudadano como “sujeto de derecho” solo es posible dentro del marco de las escritura disciplinaria y este espacio era definido por la constitución, dándole a esta una función jurídico – política.

 

Pero si la constitución define formalmente un tipo deseable de subjetividad moderna, la pedagogía es el gran artífice de su materialización. Hasta hoy todavía se recuerda la escena de los alumnos con mascaras todos “idénticos” cayendo a la maquina de picar carne de la película “The Wall”

 

…El retroceso de las imágenes religiosas del mundo como forma de cohesión social, que se verifica a partir de la modernidad, produjo la sensación de que no era posible una moral compartida, capaz de aglutinar a los ciudadanos. Sin embargo, en los países democráticos se logra consenso fáctico en torno a determinados valores: parece que es preferible la tolerancia a la intolerancia, la no-esclavitud a la esclavitud, el respeto de los derechos humanos a su infracción. ¿Pueden tales valores consensuados conformar una ética cívica, democrática?, ¿es posible cimentar en ellos ciertos hábito o “virtudes” característicos de la vida en común? (Arpini. 2007.)

 

En este sentido conviene tener en cuenta que para Marshall, “la ciudadanía es un status social que garantiza a los individuos iguales derechos y deberes, libertades y restricciones, poderes y responsabilidades” (MARSHALL, 1975, 1981 y 1992).

 

Aunque no existe un principio universal que determine cuáles habrán de ser exactamente los derechos y deberes de un ciudadano, las sociedades donde la ciudadanía es una fuerza en desarrollo, según Marshall, una imagen de la “ciudadanía ideal” por añadidura, una meta hacia la cual se pueden orientar las aspiraciones. Dentro de todas esas sociedades, la promoción de ese ideal es la promoción “de una medida mayor de igualdad”, un enriquecimiento de la materia que compone la ciudadanía y un aumento de la cantidad de personas que detentan el status de ciudadanos”, (MARSHALL, 1975, 1981 y 1992), de modo que la ciudadanía aparece como una construcción, con metas que se van dando históricamente.

           

El siglo XVIII fue el principal período formativo de los derechos civiles o legales, cuando quedaron consagradas la libertad individual y la igualdad ante la ley. En el siglo XIX, se consagraron los derechos políticos, la “libertad política” entrañó un proceso por el cual estos derechos que habían sido patrimonio de unos pocos privilegiados fueron extendidos al conjunto de la población masculina. Si la ciudadanía es un derecho, debe ser el derecho de participar plenamente en la sociedad. (HELD, 1997).

           

Los derechos sociales se afirmaron bien entrado el siglo XX. Estos incluirían una amplia gama de derechos, “desde el derecho a un mínimo de seguridad y bienestar económico hasta de llevar una vida de acuerdo a los estándares prevalecientes en la comunidad de pertenencia”.

 

El punto neurálgico del problema, según Marshall, se encuentra en la ciudadanía social ya que el capitalismo genera un sistema de estratificación social que sería el límite para la extensión de los derechos sociales.

 

Esta nueva configuración capitalista de las relaciones mundiales de poder, ya no basada tanto en la represión sino en la producción y generación de las diferencias, “los problemas de “NO INGRESO AL MERCADO, o de la exclusión” son enfocados a nivel individual sin que influya en esto la pertenencia del individuo a un grupo determinado de desafilados o vulnerables, condicionados... Por ello “La política (neo) liberal no ve en el sistema social las imperfecciones causantes de la pobreza y marginación, sino en los individuos”. (CORVALAN  1996. Pág. 8)

 

“Efectivamente las características de la subproletarización intensificada del trabajo lleva al cambio de las formas anteriores del trabajo, de tiempo completo a tiempo parcial, temporario, subcontratado, “terciarizado” que marca hoy las sociedades generando un proceso dual interno y externo, es decir sociedades más ricas y más pobres, regiones más ricas y más pobres, al interior de los países llamados subdesarrollados y que han entrado al proceso de globalización en condiciones estructurales que vienen arrastrando desde su conformación como Estado-Nación”. (ROSAS M 1997. Pág. 3).

 

 

Lograr desentrañar el funcionamiento de la lógica que atraviesa a cada uno de ellos en tanto representación significante de espacios determinados e indagar en las complejas tramas del poder, los comportamientos y las prácticas que se despliegan, se considera necesario en la medida que aportan elementos imprescindibles cuando se trata de esclarecer las relaciones que entrecruzan el proceso a fin de poder interpretar los factores que restringen y los que favorecen instancias posibilitadoras de participación democrática y construcción ciudadana.

 

“Con los derechos sociales no se garantiza un cambio en el sistema de estratificación social que se deriva de la lógica del mercado”, no obstante, aunque la ciudadanía social no pueda modificar la estructura de la  distribución de la riqueza y el ingreso, progresar en el desarrollo social requerirá mecanismos concretos para alterar esa distribución. En los hechos, Marshall fue claro al advertir que los países podrán mejorar la calidad de vida y avanzar en el progreso social. (BUSTELO y MINUJIN, 1998).

           

Marshall entendió a los derechos sociales como habilitadores para su ejercicio como desarrollo de capacidades y por lo tanto, abierta a la posibilidad de su conquista. (Zincone, 1987). Lo que impone la constitución de actores que “ganen” el espacio político que posibilite su implementación concreta. En el contexto de una “guerra”, según  Marshall, entre el principio de igualdad que deviene de la expansión de la ciudadanía y la desigualdad que surge de las relaciones de producción capitalista se produce una tensión entre los tipos de derechos,  por lo que los derechos sociales solo pueden afianzarse en la dimensión política, que emana de derechos políticos, es decir: grupos sociales que participen en la lucha por el poder para distribuir recursos socialmente relevantes. Es por lo tanto en la política donde se define el avance o retroceso del proceso de ciudadanía. Y es por la razón de ser “derechos sociales” y no individuales que la construcción de ciudadanía social es fundamentalmente lucha y por lo tanto conquista política: “el método normal de establecer los derechos sociales es a través del ejercicio del poder”, afirmaba Marshall.

           

Por su parte la Profesora, Fóscolo, advierte que sería conveniente hacer algunas consideraciones respecto de lo que se entiende por “político”. Lo “político”  está ligado al poder. Pero existen distintas formas de poder. En lo que respecta al poder estatal, existe más de un tipo de poder y de ejercicio del poder. Los Estados Modernos fueron posibles precisamente, porque se intentó sustituir el poder absoluto del monarca por el poder del estado. Pero este mismo poder de estado encontró la manera de limitarse a través, por ejemplo, de la división de los poderes sin perder por eso su direccionalidad vertical, de arriba hacia abajo: del Estado hacia los individuos. Otro tipo de poder es el que ha sido denominado poder de “gobernabilidad” o “gubernamentalidad” cuyo origen es el poder “pastoral”, es decir el cuidado que el pastor espiritual tiene del rebaño humano o el padre de sus hijos. Es el poder que el Estado, desde el siglo XVIII, se había adjudicado de administrar los territorios, los productos de la tierra y las poblaciones, para asegurar la reproducción de la riqueza. Así aparecen, posibilitados por el dominio de las disciplinas –otra forma de poder- los “ministerios” de economía y de acción social, seguridad y salud pública. El Estado se atribuye legítimamente la tarea de administrar la salud de las poblaciones controlando la natalidad, morbilidad y mortalidad, realizando las grandes empresas de potabilización de las aguas, construyendo viviendas destinadas a la clase obrera, etc. (FOUCAULT, 1991 en Fóscolo 1996).

           

Producto de este cambio en la modalidad del poder y de las luchas obreras, el siglo XIX ve nacer la protección jurídica de derechos ligados al trabajo y los planes e instituciones de política social.

           

La “cuestión social” había dejado de ser definitivamente, un problema de beneficencia providencial y se había convertido en el problema número uno de la gobernabilidad en vistas  de la paz social. No ya el Estado benefactor de poblaciones tuteladas, sino el estado social que reconocía a los ciudadanos como sujetos de los derechos sociales jurídicamente protegidos.

           

La legitimidad misma de ese estado reposa en su capacidad de proteger a su población, de garantizar el trabajo, de prevenir riesgos, de arbitrar los conflictos de intereses entre capital y trabajo. La crítica de Marx al estado capitalista burgués se basaba en la sospecha de que el mismo estaba al servicio exclusivo de los intereses de las clases dominantes.

           

En este punto, cabe señalar, además, que aún antes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, donde se da un lugar explícito a los derechos sociales, ya los asambleístas de 1789 pensaban que Todo Ciudadano tiene derecho a exigir de la sociedad que le brinde trabajo o  socorros si está impedido.( ROSANVALLON, 1995).

 

Se podría aceptar que, a diferencia de los derechos individuales que constituyen al mismo tiempo una obligación del Estado (no hay derecho sin obligación, se dice), los derechos sociales determinan solo una existencia. Y que su grado de exigibilidad tiene que ver con el grado de desarrollo de la estructura socioeconómica de un país. De allí la dificultad que exista también una especie de tribunal que pudiera medir con precisión matemática (económica) una medida indicadora de la satisfacción de estos derechos. Los organismos internacionales (el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas o el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo), solo pueden solicitar informes y recomendar políticas sociales a los países miembros. (FÓSCOLO, N, 1996).

           

Las dificultades que conciernen específicamente a los derechos sociales es el de su universalidad, lo que tiene que ver con su exigibilidad “ontológica”. En efecto, el sujeto de los derechos individuales es el individuo, ontológicamente igual, que todos, sin excepción somos. Son derechos que se tienen por el mero hecho de existir y en igual medida pues tienen que ver con características propias del sujeto –hombre- universal o de la condición humana. Por el contrario,  los derechos sociales están ligados al individuo en situación y las situaciones son desiguales. (BOBBIO, 1991).

 

El aspecto más importante del debate contemporáneo sobre los derechos sociales, es el de su exigibilidad política.

 

Ahora bien en América Latina hay dos maneras básicas de pensar políticas de ciudadanía respecto a los tres problemas más importantes que afligen la región y que se reflejan en los presentes niveles de desigualdad, vulnerabilidad y exclusión social. (BUSTELO, E. 1998).

 

Estas dos maneras son descriptas en términos de dos modelos que disputan la orientación conceptual  de la Política Social, en tanto diferentes formas paradigmáticas de ciudadanía. En este sentido Bustelo distingue entre Ciudadanía Asistida (C.A.) y ciudadanía Emancipada (C.E.).

 

El modelo de Ciudadanía Asistida, se debe ubicar en la tradición más conservadora de política económica y social. (Hajek y Milton Friedman), es la concepción asociada a los ajustes económicos y a la apertura económica relacionados con el denominado “consenso de Washington”.  El arquetipo es “el hombre económico”, el mercado es concebido como un mecanismo autoregulatorio, autónomo de la política social y su lógica impregna la formulación de políticas públicas. Al no existir el “BIEN PÚBLICO” como algo superior al interés de los individuos: no existe la posibilidad de políticas públicas, (BUSTELO, E. 1998).

 

La ciudadanía es concebida esencialmente de naturaleza civil. Los Derechos Sociales en el supuesto de ser asimilables a servicios sociales, están siempre sujetos a la disponibilidad de recursos, BARBELET, los llama “oportunidades condicionales”

 

Las políticas sociales aparecen “focalizadas” sobre la pobreza y los grupos sociales más vulnerables “formando redes de contención”. (BUSTELO, E, 1992)  y no sobre la distribución del ingreso.

 

La política Social desde este paradigma es sostenida para establecer las bases de gobernabilidad que legitiman las reformas exigidas por el mercado.

 

En este contexto se produce lo que Arroyo y Penaba denominan la “Municipalización de la Crisis del Estado Social”. En este paradigma predomina la ética de la compasión que se traduce en “el subsidio”. La ciudadanía Social es esencialmente una “Ciudadanía Subsidiada” (BUSTELO, E, y Otros, 1992).-

 

Tomando el paradigma de “Ciudadanía Emancipada” y remitiéndonos a su origen, éste debe ubicarse en la tradición conceptual de los pensadores utópicos y que culmina en el denominado Estado de Bienestar. Esta tradición reconoce como valor central la igualdad social en tanto derecho de las personas de una comunidad a tener iguales oportunidades de acceso a los bienes social y económicamente relevantes, es decir, “UNA JUSTICIA REDISTRIBUTIVA”, basada en la solidaridad colectiva. (ANDERSON, 1988).

 

Aquí se da una preocupación por el común, por el interés del conjunto, en consecuencia podemos hablar de “esfera pública”, de  “ALTER” en el sentido Leviniano. Se trata del acceso a posibilidades  entonces la igualdad se presenta como proyecto habilitador en el que los actores son captados en su doble dimensión individual y societaria.

 

La emancipación, es individual ya que los sujetos ya son autónomos, no obstante implica una comunidad de argumentos y responsabilidades por el conjunto, por eso se trata de una emancipación democrática. (BUSTELO, E y otros, 1992)

 

Teniendo en cuenta lo expuesto  nos aproximamos a un primer concepto de CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA, al que entendemos como la relación entre la posesión y la realización  de los derechos sociales, la que define mayores o menores espacios de construcción de ciudadanía. Kessler sostiene: “la ciudadanía se conforma por dos dimensiones: La titularidad que implica la existencia legal de los derechos propios de los ciudadanos y la provisión,  referida al acceso real  a los beneficios, sean bienes y servicios , materiales o simbólicos de los que se tiene titularidad”.

En otras palabras a ¿Qué ciudadanía se hace referencia en el presente trabajo?

“Sabemos que se trata de una categoría problemática, que puede inscribirse en distintos discursos, y que por tanto provoca profundos debates tanto en el campo de la teoría social como política. Entre las diferentes interpretaciones sobre la categoría de ciudadanía, optamos por referirnos a ella como un proceso definido históricamente, ejercido con una diversidad de prácticas históricas según interpretaciones nacionales con consecuencias importantes para la cultura política de la sociedad. La ciudadanía es la expresión de valores como parte de la cultura política, también la posesión de derechos y la obligación de cumplir ciertos deberes en una sociedad específica; la pertenencia a una comunidad política vinculada por lo general a la nacionalidad y la oportunidad de contribuir a la vida pública de la comunidad a través de la participación...

...estudiamos la ciudadanía en cuanto valores sustentados y significados a través de contenidos concretos por la población, para detectar qué contenidos de valores de ciudadanía forman parte del sentido común actual, como evidencias compartidas acerca de lo que es normal y natural, y qué prácticas se derivan de esos contenidos de valores”. (AQUIN N. 1998).

El carácter de las relaciones y las reglas de interacción, se vinculan estrechamente con dos grados diferentes de consolidación del derecho social”. (MENFELD y COMPANINI, 1995).-

 

“Desde la perspectiva ética del neocontractualismo se asume la tradición moderna del contrato social, cuya formulación clásica se desarrolló en los siglos XVII y XVIII, con pensadores tales como Thomas Hobbes, John Locke, Jean-Jacques Rousseau, Inmanuel Kant.

 

Hoy, el lenguaje de los derechos y las libertades de los individuos, la idea de un acuerdo racional basado en el interés y la reciprocidad, constituye el atractivo de esa tradición cuyo postulado básico es que las relaciones sociales libres adoptan la forma de un contrato aceptado libremente y reconocido públicamente.

 

Lo novedoso de esta orientación ético-política es la acentuación de la noción de justicia, y la búsqueda de una explicación filosófica del contrato social como modelo de razonamiento sobre la justicia, que descarta los argumentos de la fuerza y la apelación a la naturaleza para dotar de un fundamento moral al orden social y político. (Cfr. Agra Romero, M. J., 1992). El neocontractualismo de raigambre liberal, puede ser ubicada en el ámbito de la filosofía moral y política entre las posiciones normativistas, se enfrenta a otra teoría liberal basada en la búsqueda de la felicidad, el utilitarismo. el momento de mayor relevancia del neocontractualismo se produce en circunstancias socio-históricas concretas: la crisis del estado de bienestar” (arpini )

 

 

En las políticas sociales focalizadas, predomina el clientelismo. Lo importante, es que no  solamente se trata de una  práctica política sino, de un modo de socialidad,  en cierta medida lo clientelístico sería generador de sentidos de orden, o expresado de otra forma, una institución que definiría un tipo de orden social. Tal configuración resultaría contraria a la igualdad de derechos y deberes, propuesta por la vida democrática.

 

En definitiva la ciudadanía se opone a la clientela, ambas se sustentan en lógicas contradictorias entre sí, sin embargo aunque teóricamente la afirmación anterior resulte clara, ambas modalidades en la experiencia política suelen convivir y hasta complementarse.

 

En este marco, podemos definir como clientelismo político a  “un conjunto de intercambio desiguales verificados entre diversas  posiciones en una red de intermediación política. La relación entre la  clientela y el puntero, o líder barrial, es el primer eslabón de la cadena de sucesivas mediaciones que se extienden hasta los niveles locales y extralocales de mayor decisión y control político”. “Panorama de la Antropología política del clientelismo, (LAZZARI, 1993).-

 

Además la vida cotidiana de la gente (familias, individuos, grupos) transita por la implementación de comportamientos y estrategias de los diferentes agentes, que difiere de grupo a grupo, el que deja su huella en ese contexto. Son las condiciones, los principios sociales globales los que condicionan y limitan los resultados, más “al cambiar los actores, cambian las reglas, cambian las estrategias y las condiciones se modifican” (GRASI, Op.Cit).-

 

 

En relación con este tema habrá que bucear en las particularidades socio-culturales, identitatarias en relación con el orden político.

Atento  lo expresado ut supra es que nos preguntamos  ¿cómo relacionar espacios de participación a canales institucionales ya constituidos para generar diferentes formas de involucramiento de las Organizaciones? ¿Cómo desarrollar estrategias de comunicación que impacten de manera masiva ampliando la noción de ciudadanía teniendo en cuenta los senderos que se han utilizado en las políticas sociales? ¿Cómo apuntar a una planificación estratégica que favorezca procesos de desarrollo local y empoderamiento social? Y por ultimo ¿qué rasgos deben tener tanto las instituciones como las políticas sociales para que favorezcan la construcción de ciudadanía?

Creemos que la descentralización y la participación de los ciudadanos organizados y comprometidos refuerza el camino de la democratización, reduce el autoritarismo  de los funcionarios e influye en la toma de las decisiones importantes en su comunidad. Pero este mecanismo no está dado naturalmente, hay que construirlo. Pensamos en la construcción de un nuevo pacto social, que articule  adecuadamente equidad, solidaridad y un espacio de ciudadanía.

 

 

 

 

 

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1 comentario

silvina mercado -

El articulo, me aclaró bastante algunos aspectos que desconocía. Soy estudiante de filosofia. Espero que mi profesora no lea esto, porque saqué bastante para el trabajo que me pidieron en la facu